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Real Federación Española de Natación
05/11/2011 at 00:00
Sentencia sobre la Ley de Protección de Datos
La Audiencia Nacional ha dictado con fecha 1 de abril de 2011 una Sentencia que afecta directamente a las Federaciones Deportivas, en relación con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Así, dicha Sentencia autoriza a las Federaciones a colgar en sus páginas web los resultados deportivos de una competición (y por tanto el nombre, DNI y
marca deportiva de los participantes) sin necesidad de obtener previamente su consentimiento.
La razón de la misma es que entiende que la calificación y organización de competiciones de ámbito estatal es una de las funciones que las federaciones ejercen por delegación de la Administración Pública, y la publicación de los resultados de las mismas no es sino la finalización de este proceso de organización.
Es por ello que, en virtud de los artículos 46 y 6.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, no será preciso el consentimiento de los federados para la publicación de resultados porque éstos se recogen por las federaciones en ejercicio de las funciones propias de una Administración pública (por delegación) en el ámbito de sus competencias.
La razón de la misma es que entiende que la calificación y organización de competiciones de ámbito estatal es una de las funciones que las federaciones ejercen por delegación de la Administración Pública, y la publicación de los resultados de las mismas no es sino la finalización de este proceso de organización.
Es por ello que, en virtud de los artículos 46 y 6.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, no será preciso el consentimiento de los federados para la publicación de resultados porque éstos se recogen por las federaciones en ejercicio de las funciones propias de una Administración pública (por delegación) en el ámbito de sus competencias.